Hasta el Portal Rancagua llegaron las autoridades regionales para informar a los trabajadores del comercio sobre los feriados irrenunciables próximos y los horarios de funcionamiento de los locales comerciales antes de Navidad.
Luego de recorrer cuatro locales del centro comercial y entregar folletos informativos a los trabajadores, el seremi del Trabajo y Previsión Social, Sergio Salazar, señaló al dirigirse a la prensa que, “estamos difundiendo entre los trabajadores de este gran centro comercial los días irrenunciables; estos son el 25 de diciembre y el 1 de enero, son dos de los cinco días de feriado irrenunciable que tenemos en el año”.
Agregó que “desde las 20 horas del día 24 hasta las 6 de la mañana del día 26 y así también; desde las 20 horas del día 31 hasta las 6 de la mañana del día 2 son de feriado irrenunciable. Esto significa que no puede haber un acuerdo entre empleador ni trabajador para laborar estos días; salvo algunas excepciones como por ejemplo: son los restaurant, sistema de guardias, las bombas de bencina, en que por Ley, sí pueden funcionar”.
Indicó además que el comercio también será fiscalizado los días anteriores a los feriados con el objetivo de velar por el cumplimiento de la jornada laboral, ya sea por extensión horaria, en los días previos a las fiestas o por del cumplimiento de la norma de los feriados. “Lo importante aquí es que tanto empleadores como trabajadores y, que ha sido la tendencia nacional en los últimos años, deben respetar los días de descansos de los trabajadores” añadió.
Cabe destacar que la Ley autoriza al empleador a extender la jornada ordinaria de los dependientes del comercio hasta en dos horas diarias durante 9 días, distribuidos dentro de los 15 días previos a la Navidad. Sin embargo, el dependiente no podrá trabajar más allá de las 23 horas y deberán ser pagadas como extraordinarias, en caso que excedan el máximo de 45 horas semanales o al número de horas que hubieran convenido en caso de ser inferior al máximo legal.
Por su parte del director regional del Trabajo, Juan Carlos González, señaló que “estamos haciendo fiscalizaciones desde el día 10 de diciembre a los locales comerciales para informar en materia de los descansos, lo importantes es que estas fiscalizaciones se están haciendo en todas la región”.
Agregó que el trabajador puede hacer la denuncia a través de la página www.direcciondeltrabajo.cl y también al teléfono 600 450 4000 “de tal forma que nosotros podamos fiscalizar, ya sea en el mismo día de la denuncia, si es que se hace oportunamente o posterior a los días de descanso. Es importante en ese caso señalar a los trabajadores que deben registrar su asistencia en los registros que mantengan para ello, de tal forma que el servicio pueda constatar la infracción que se está cursando.
Se exceptúan aquellos que trabajan en clubes, restaurantes, establecimiento de entretenimiento tales como: cines, espectáculos en vivo, discotecas, pub, cabarets, casinos de juego. Tampoco es aplicable a los trabajadores de expendios de combustible, farmacias de urgencia o aquellas que deban cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
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